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Abg. Gabriel Esteban López Córdova.

Resumen analítico: Proyecto “MI PRIMER EMPLEO”.

En el Registro Oficial No. 351 de 19 de octubre de 2018, en el que se ha publicado, entre otras, lo siguiente:

ACUERDO MINISTERIAL No. MDT-2018-0183:

El Ministerio del Trabajo expide la norma técnica del proyecto “MI PRIMER EMPLEO”.

En la misma se realizan definiciones de las pasantías y a las prácticas pre- profesionales, siendo su principal coincidencia el que se tratan de actividades de aprendizaje sin relación de dependencia, pero que cuya principal diferencia es que en el caso de pasantías se debe pagar un estipendio y afiliarlo al IESS al pasante, mientras que en las prácticas no, pues son exclusivamente de formación académica.

Una característica especial es que es necesario suscribir convenios con la Gerencia del Proyecto para acogerse al programa y su incentivo económico estatal. Al respecto de este incentivo, el Art. 11 de dicho acuerdo ordena que el Proyecto “Mi Primer Empleo”, a través de la Coordinación General Administrativa Financiera del Ministerio del Trabajo, cancelará el 100% del estipendio y seguridad social respecto de las pasantías al sector receptor privado que se acoja al Proyecto, siempre y cuando dicho pasante sea contratado directamente bajo relación de dependencia laboral una vez culminadas sus pasantías, bajo las reglas de dicho articulado.

También se definen los tiempos de duración de las prácticas pre- profesionales (de 3 a 6 meses) y de pasantías (6 meses), así como de los horarios (de lunes a viernes por 4 hasta un máximo de 6 horas diarias), de conformidad con el horario acordado; del estipendio de los pasantes (al menos un tercio del Salario Básico Unificado vigente), entre otros.

Cabe mencionar que los estudiantes de derecho y ciencias de la salud que deban hacer prácticas preprofesionales no podrán participar como practicantes preprofesionales en el Proyecto “Mi Primer Empleo”. Para ellos se han expedido reglamentos específicos que dependen de cada uno de sus órganos reguladores, Consejo de la Judicatura y Ministerio de Salud Pública respectivamente.

Abg. Gabriel Esteban López Córdova

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